Día no laborable, solo para quienes profesan la religión islámica

Año Nuevo Islámico

Año Nuevo Islámico 2027: domingo 6 de junio. (Ley 27.399, art. 3)

Faltan 211 días. Mirá junio de 2027

Fecha aproximada: se rige por el calendario lunar y puede correrse un día.

¿Quiénes no trabajan?

Solo quienes profesan la religión islámica pueden no trabajar: deben avisar a su empleador. Para el resto es un día hábil común.

¿Se cobra doble?

No. Es un día no laborable: si trabajás cobrás el sueldo normal (art. 167 de la Ley de Contrato de Trabajo).

Junio 2027
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Día no laborable solo para quienes profesan la religión islámica (Ley 27.399, art. 3). Fecha aproximada: se rige por el calendario lunar.

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